Función de Cumplimiento

Política de Cumplimiento

Objetivo

Con el propósito de mantener una cultura de integridad, transparencia, honestidad y cumplimiento, Dicipa, establece la presente Política de Cumplimiento cuyo objetivo es prevenir, detectar y enfrentar el soborno, la corrupción, el conflicto de intereses y las prácticas monopólicas, asegurando el cumplimiento de la normatividad aplicable, la protección de la reputación de la organización y la confianza de sus partes interesadas.

Alcance

Esta política aplica a todos los colaboradores, directivos y socios de negocio de Dicipa, en todas sus operaciones y relaciones comerciales. Su propósito es establecer un compromiso activo para prevenir, detectar y combatir el soborno, la corrupción, el conflicto de intereses y las prácticas monopólicas, fomentando una cultura de integridad y cumplimiento.

El incumplimiento a esta política podrá dar Iugar a sanciones disciplinarias, terminación de la relación laboral o contractual, y/o acciones legales según corresponda.

La política está disponible en la Intranet corporativa, aplicación interna Globunet y en la página web para su consulta por colaboradores y partes interesadas externas.

Términos y Definiciones

Conflicto de intereses: Situación en la que los intereses personales, familiares, económicos o de cualquier otra índole de un colaborador, directivo, proveedor, cliente o tercero puedan influir indebidamente en la toma de decisiones relacionadas con el desempeño de sus funciones, comprometiendo la objetividad, imparcialidad o el cumplimiento de las obligaciones de Dicipa.

Competencia económica / Libre competencia: Condición de mercado en la que las empresas compiten en igualdad de circunstancias, sin prácticas monopólicas, acuerdos colusorios ni conductas que limiten, distorsionen o restrinjan la competencia.

Corrupción: Cualquier ventaja indebida, económica o de otra naturaleza, ofrecida, solicitada, entregada o aceptada por colaboradores, proveedores, clientes, socios de negocio o funcionarios públicos, con el  propósito de que una persona actúe o se abstenga de actuar en incumplimiento de sus obligaciones.

Función de Cumplimiento: área ubicada en el corporativo de Dicipa, integrada por personal con la autoridad, independencia y autonomía necesarias para supervisar el cumplimiento de la Política de Cumplimiento y de los requisitos del Sistema de Gestión Antisoborno (SGAS) de manera anónima y confidencial.

Seguridad de la información: Protección de la confidencialidad, integridad y disponibilidad de la información de la empresa, clientes, proveedores y terceros, frente a accesos no autorizados, uso indebido, divulgación, alteración o destrucción. Incluye tanto información física como digital, garantizando el cumplimiento de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares y demás regulaciones aplicables.

Sistema de Gestión Antisoborno (SGAS):Conjunto de políticas, procedimientos, lineamientos y controles que especifican los requisitos que la organización debe cumplir en materia de antisoborno y anticorrupción. Proporciona la
estructura necesaria para establecer, implementar, mantener, revisar y mejorar continuamente los mecanismos que aseguren la integridad, la transparencia y la prevención de riesgos de soborno en todas las operaciones de Dicipa.
 
Soborno: Ofrecer, prometer, dar, solicitar o aceptar, directa o indirectamente, una ventaja indebida de cualquier valor (financiera o no financiera), en cualquier lugar, en violación de la ley aplicable. Se considera soborno cuando dicha ventaja se otorga o recibe como dádiva, incentivo o recompensa, con el propósito de que una persona actúe o se abstenga de actuar en el ejercicio de sus funciones, generando un beneficio indebido para misma o para un tercero.
 
Terceros /Representantes: Se refiere a toda persona física o moral externa que actúe en nombre y representación de Dicipa, incluyendo, pero no limitado a, socios comerciales, proveedores, distribuidores, agentes, consultores, asesores o
intermediarios.
 

Política de Cumplimiento

1.  Dicipa prohíbe estrictamente el soborno, la corrupción y el conflicto de intereses en todas sus formas.

2. Todos los colaboradores y representantes de Dicipa, sin importar su ubicación, deberán cumplir con esta política y con las leyes y reglamentos aplicables en México y en cualquier país donde Dicipa tenga operaciones o relaciones comerciales.

3. Cualquier relación entre colaborador o representante de Dicipa y funcionarios de gobierno deberá realizarse en estricto cumplimiento de las leyes y reglamentos aplicables.

4. Dicipa no permitirá ni tolerará la violación de ninguna ley federal, estatal o extranjera en materia de antisoborno.

5.  Los colaboradores y representantes de Dicipa no podrán solicitar, ofrecer, prometer, pagar o aceptar, directa o indirectamente, cualquier dádiva, pago, regalo, favor o beneficio económico que pueda constituir soborno o corrupción, aun si la negativa implica la pérdida de un negocio u oportunidad comercial. Asi mismo, deberán conducirse en apego a las leyes y principios de libre competencia, evitando cualquier práctica colusoria, monopólica o desleal que comprometa la transparencia en licitaciones y relaciones comerciales.

6. Ningún colaborador, proveedor, cliente o representante de Dicipa tiene permitido hacer pagos de facilitación en el desempeño de sus funciones, ni utilizar la información confidencial o sensible de clientes, proveedores, autoridades o de la propia organización de manera indebida para obtener ventajas ilícitas o realizar actos de soborno. Toda la información deberá ser protegida conforme a las políticas de seguridad de la información de la organización y en cumplimiento con la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares (LFPDPPP) y demás disposiciones aplicables.

7.  Se prohíbe estrictamente el uso de recursos o propiedades de Dicipa, S.A. de C.V. para hacer contribuciones u ofrecer cosas de valor a partidos, candidatos o campañas políticas.

8.  El equipo directivo de Dicipa, deberá promover y asegurar el cumplimiento de la política de cumplimiento por parte de sus colaboradores y/o representantes bajo su supervisión y autoridad.

9.  La Función de Cumplimiento es responsable de vigilar el cumplimiento de esta política y promover el planteamiento de inquietudes de buena fe o sobre la base de una creencia razonable, en confianza y sin temor a represalias.

10.  La política se actualizará cuando se produzcan cambios en el entorno o en las operaciones; la actualización será realizada por la Función de Cumplimiento y aprobada por la Alta Dirección. Esto con el propósito de verificar que la política siga siendo eficaz y clara contra el combate a la corrupción, el soborno y el conflicto de intereses.

11.  Las dudas, faltas o inquietudes relacionadas con el cumplimiento de esta
política deberán reportarse a la Función de Cumplimiento al correo cumplimiento6dicipa.com.mx

12. Dicipa garantiza que no habrá represalias contra quienes realicen denuncias de buena fe con total ética y honestidad del denunciante, incluyendo la posibilidad de hacerlo de forma anónima.

13.  Quienes violen esta política estarán sujetos a sanciones que pueden incluir medidas disciplinarias, despido y/o acciones legales.

14.  La organización se compromete a la mejora continua del Sistema de Gestión Antisoborno mediante la participación activa de sus colaboradores.

15. Dicipa y sus colaboradores, proveedores y socios se comprometen a cumplir con los principios de competencia económica, actuando bajo condiciones de igualdad, transparencia y legalidad. Se prohíben expresamente las prácticas monopólicas, colusorias o desleales que restrinjan la libre concurrencia o generen ventajas indebidas. Este compromiso se alinea con la Ley Federal de Competencia Económica y las regulaciones internacionales aplicables, fortaleciendo nuestra cultura de cumplimiento, integridad y anticorrupción.

16. Dicipa garantizará la seguridad de la información de sus colaboradores, clientes, proveedores y autoridades, asegurando que los datos personales, clínicos, financieros y contractuales no se utilicen como medio para actos de
corrupción o soborno.